Es un tema en España poco conocido y entendemos que resulta de una gran importancia, que viene avalado por una doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo y de la ONU, que VINCULA a ESPAÑA.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha proclamado en diversas ocasiones que la madre que va a dar a luz, tiene el derecho de autonomía personal, en relación con el derecho a la vida e integridad física y psicológica y, por consiguiente, TODO HOSPITAL O CENTRO SANITARIO DEBE RESPETAR ESCRUPULOSAMENTE ESTOS DERECHOS.
En definitiva: La mujer embarazada tiene el derecho fundamental a elegir las circunstancias en las cuales va a dar a luz. Por supuesto, asesoradas por el personal sanitario. Pero quien DECIDE , QUIEN ELIGE ES LA MADRE.
(Casos Dubska y Krejova v. República Checa y Ternovsky v. Hungría, entre otros).
Por su parte, la ONU considera que ante un embarazo sin complicaciones, sin emergencia hospitalaria pero que, sin embargo, la madre desde su ingreso en el Hospital es sometida a diversas intervenciones sin recibir explicaciones al respecto y sin que tampoco se le haya permitido opinar sobre esas intervenciones, se está ante un TRATO DISCRIMINATORIO y lo que NO ES ADMISIBLE ES QUE EL MEDICO SEA EL QUE DECIDA REALIZAR O NO UNA EPISIOTOMIA, SIN CONTAR CON EL PREVIO CONSENTIMIENTO DE LA MADRE.
Entendemos que esta doctrina, tanto del TEDH como de la ONU, que vinculan a España, tiene y debe ser respetada por cualquier Hospital o centro sanitario español. La Administración sanitaria lo debe RESPETAR Y PROMOVER. Y que toda madre que vaya a dar a luz, debe SER CONSCIENTE DE SUS DERECHOS, PORQUE ESTÁ EN JUEGO SU VIDA Y LA DE SU HIJO/A.